El plazo para anular una BHE por Internet, sin necesidad de confirmación por
parte del receptor, es hasta el día 10 del mes siguiente a la fecha de la boleta.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del
SII, menú Normativa y legislación, opción Resoluciones, donde encontrará la
Resolución
Exenta SII N°16 del 2010, que complementa la
Resolución
Exenta SII N° 83, de 2004.
|