El trámite
para la obtención de RUT de una sociedad es inmediato tanto si el trámite lo
efectúa por Internet en menú Registro de Contribuyentes, sección Inscripción y
Obtención N° de RUT, opción Registrar y Obtener RUT Personas Jurídicas
Comerciales, o si efectuara el trámite en la Unidad, siempre y cuando se
acompañe a la solicitud los documentos requeridos por el SII.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio
Web del SII, menú “¿Cómo se hace
para...?”, opción
Iniciar
actividades Personas Jurídicas.
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