PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Boletas | Boleta de compraventa y servicios | Requisitos de diseño y formato

 Pregunta   ID:   001.012.0262.006  Fecha de Creación:   03/09/2003

¿Qué requisitos y características deben cumplir las boletas-liquidación que es necesario que emitan las empresas periodísticas, impresoras e importadoras de revistas y periódicos?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   19/06/2023

Las características de este tipo de boletas son las siguientes:

  • Estas boletas-liquidaciones deben ser timbradas previamente por el SII, con numeración única nacional.

  • Las boletas-liquidaciones deben llevar Impreso: nombre o Razón Social del emisor, Rut, domicilio (tanto de la casa matriz como de las sucursales), giro o actividad.

  • Se emiten en duplicado: original para el agente distribuidor y copia para el emisor, esto es, la empresa periodística.

  • El IVA correspondiente a los márgenes de comercialización del agente distribuidor y del suplementero, retenido por la empresa periodística, constituye en Débito Fiscal de terceros, contra el cual no se imputa Crédito Fiscal alguno.

  • El IVA recargado por la empresa periodística sobre su precio de venta neto constituye su Débito Fiscal propio, contra el cual imputa sus Créditos Fiscales.

  • El 0,5% retenido al suplementero constituye el Impuesto a la Renta, que debe ser retenido, declarado y pagado por la empresa periodística.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, Resoluciones, opción Resolución N° 1423, de 1976, y Circulares, opción, Circular N° 159, de 1976.