Se recuerda que, en la actualidad, la
mayoría de los documentos tributarios se deben emitir en formato electrónico,
salvo las excepciones contempladas en la ley.
Respuesta anterior:
No, los documentos tributarios en formularios continuos que se presentan a
timbraje no requieren autorización previa por parte del SII. En todo caso, para
el timbraje de este tipo de documentación debe cumplirse con el procedimiento
administrativo, señalado en la Circular
N° 19, de 1995, en que se imparten instrucciones sobre timbraje de documentos.
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