PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Boletas | Boleta de compraventa y servicios | Emisión

 Pregunta   ID:   001.012.1213.006  Fecha de Creación:   18/03/2004

¿Debe emitirse una boleta por los servicios de actividad docente (IVA)?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   01/09/2023

Sí, el establecimiento educacional tiene la obligación de emitir boletas de servicios exentas de IVA por el pago de servicios relacionados con la actividad docente.

La educación se exime del IVA sólo respecto de los ingresos que perciba en razón de su actividad docente, propiamente tal, según lo dispuesto en el artículo 13, N° 4, de la Ley sobre Impuesto a la Ventas y Servicios.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, Circulares, opción Circular N° 11, de 2004.