El documento que debe emitir un contribuyente de régimen general que vende hacia una zona franca corresponde a una factura especial que lleve en forma destacada la frase "Venta Exenta a Zona Franca Primaria", puesto que este tipo de ventas se consideran exportaciones que no están afectas a Impuesto al Valor Agregado (IVA), según lo dispuesto en el artículo 10 bis del Decreto Supremo de Hacienda Nº 341 sobre Zonas Francas.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación,
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Resolución Exenta N° 601, de 1982. |