Cabe señalar que la Resolución Exenta N° 108 de 2020,
deja sin efecto a contar del día 1 de enero de 2021, para aquellos
contribuyentes emisores de factura electrónica y el 1 de marzo de 2021, para
aquellos contribuyentes que no tengan tal calidad, las instrucciones contenidas
en las Resoluciones N° 6761 de 1998, N° 24 de 2002, N° 53 y N° 111 de 2004,
relativas a las autorizaciones otorgadas para la utilización de máquinas
registradoras, terminales de puntos de venta e impresoras fiscales, para la
emisión de vales en reemplazo de las boletas de ventas y servicios y N° 48 de
2016 y N° 8 de 2018 sobre autorizaciones otorgadas para la utilización de vales
electrónicos en reemplazo de las boletas de ventas y servicios.
Respuesta anterior:
Las máquinas de impresión, para emitir vales en reemplazo de las
Boletas de Ventas y Servicios, en la actualidad, son las siguientes:
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del
SII, menú Ayuda, opción ¿Cómo se hace para?, Solicitudes y Actualización de información, Máquinas registradoras,
Solicitar la emisión de vales en reemplazo de boletas mediante máquinas
registradoras
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