PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Mérito ejecutivo de la tercera copia de la factura | Otorgamiento del recibo de las mercaderías entregadas o servicios prestados | Acuse de recibo

 Pregunta   ID:   001.012.2698.006  Fecha de Creación:   07/04/2005

¿Es posible realizar el acuse de recibo en una factura, estampando los datos con un timbre de goma?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   01/02/2023

Sí, es posible realizar el acuse de recibo en una factura, estampando los datos que son obligatorios con un timbre de goma. Se exceptúa de la medida anterior la firma del receptor, que siempre debe ser escrita, puesto que esta situación no está negada en la normativa legal que entrega la Ley 19.983, de 2004, y de acuerdo a las siguientes puntualizaciones:

  • Se debe consignar el "recibo" de las mercaderías entregadas o servicios prestados, independiente de la persona que cumple con la entrega del bien de la siguiente forma:

    a) Indicar el recinto y la fecha de entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio.

    b) Señalar el nombre, Rut y firma de la persona que recibe las mercaderías o el servicio prestado.

  • Debe hacerse en el momento de la entrega real o simbólica de las especies. En el caso de un servicio prestado, al momento de recibir la factura.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Preguntas Frecuentes, Documentos tributarios, opción Nuevos requisitos facturas con mérito ejecutivo.