Pueden ser utilizados, cumpliendo en todo caso con la tercera copia
obligatoria de facturas, hasta septiembre de 2005, de acuerdo con lo señalado
en la Resolución
Exenta N° 14, de 2005. Puede obtener mayor información relativa
a este tema en el sitio Web del SII, menú Preguntas
Frecuentes, Documentos tributarios, opción Nuevos
requisitos de las facturas con mérito ejecutivo. |