La sanción que se
le aplica al contribuyente obligado a la emisión documentaria es la tipificada
en el N° 10, del artículo 97, del Decreto Ley N° 830 sobre Código Tributario, que sanciona, entre otras
figuras, el no otorgamiento de guías de despacho y facturas, en los casos y forma exigidos por las leyes, conforme se ha instruido en la Circular
N° 49, de 2005.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú
Factura Electrónica, opción Normativa
Relacionada.
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