La obligación del comprador o beneficiario del servicio es otorgar el recibo. Para ello, podrá convenir con su proveedor la forma en que éste obtendrá la entrega física del ejemplar en que conste el recibo.
Puede obtener mayor información relativa a
este tema en el sitio web del SII, menú Factura Electrónica, Registro electrónico de cesión de créditos,
opción Normativa
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