Esta anotación deberá ser solicitada por el cedente de la Factura Electrónica, haciendo entrega en forma electrónica al Registro del “Archivo Electrónico de Cesión” en la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Internos, firmado digitalmente por el cedente, o su representante legal o mandatario con poder suficiente. La forma del envío de esta información al registro se realizará de acuerdo con el procedimiento establecido en
en el sitio web del SII, sección Servicios online, Factura Electrónica,
opción
Registro
Electrónico de cesión de créditos.
Se recuerda que de acuerdo a lo
establecido por la modificación realizada por la Ley 20.219, la única forma de
ceder una factura electrónica, es mediante la anotación del Archivo Electrónico
de Cesión en el Registro Público Electrónico de Transferencia de Créditos
Puede obtener mayor información relativa a
este tema en el sitio web del SII, menú Factura Electrónica,
opción Registro Electrónico de Cesión de Créditos,
Normativa
Relacionada. |