PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Mérito ejecutivo de la tercera copia de la factura | Cesión de la factura | Crédito

 Pregunta   ID:   001.012.3056.004  Fecha de Creación:   24/05/2005

¿La cesión en cobranza del crédito contenido en una Factura Electrónica deberá ser anotada en el Registro Público Electrónico de Transferencias de Créditos?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   25/07/2022

Sí, para ello el cedente deberá solicitar la anotación en el Registro de la cesión en cobro del crédito o la revocación de aquella anotación entregando la siguiente información:

  • Identificación del documento cedido: RUT del emisor, tipo de documento y folio del mismo.

  • La fecha de cesión en cobro.

  • El nombre completo o razón social, número de RUT y domicilio del encargado de la cobranza.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, menú Factura Electrónica, Sistemas de facturación gratuito o de mercado, Cesión de factura electrónica, opción Registro Electrónico de Cesión de Créditos. Además, puede informarse sobre la materia Cesión de Créditos, en la opción Normativa Relacionada.