No existen requisitos especiales, puesto que no hay reglamentación particular. Dado lo anterior, el contribuyente que emita una factura con estas características, deberá ajustarse a la normativa general relacionada con dichos documentos tributarios, ya sean por operaciones afectas o exentas de Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Adicionalmente, esta materia puede ser consultada en la Circular N° 35, de 1999, y en la Circular Nº 16, de 1986, ubicadas en la página web del SII, sección Normativa y legislación, menú Circulares. |