Sí, un cliente que documenta su deuda con una Letra de
Cambio
puede exigir la tercera copia obligatoria de factura, puesto que la existencia de un
Letra de Cambio es el título ejecutivo que permite
demandar el pago del crédito comercial, por lo que no tiene
justificación que el vendedor se quede con la tercera copia obligatoria de
factura.
Puede obtener mayor información relativa
a este tema en el sitio web del SII, menú Preguntas
Frecuentes, opción Documentos tributarios.
|