No, ya que, básicamente, es un documento que no genera derecho a
Crédito Fiscal IVA, por lo que no se justifica tal nivel de exigencia desde el punto de vista de los requisitos legales y reglamentarios
que se deben cumplir en la confección y emisión de los documentos tributarios.
Puede obtener mayor
información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios on line, menú Factura
Electrónica, opción Registro
Electrónico de Cesión de Créditos.
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