PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Boletas | Boleta de compraventa y servicios | Emisión

 Pregunta   ID:   001.012.3391.004  Fecha de Creación:   01/09/2005

¿Al cambiar la emisión de boletas de ventas y servicios, de manual a computacional, puedo partir con la numeración correlativa desde el 1, aun cuando sea diferente a la anterior?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   05/07/2022

La Ley N° 21.210 publicada el Diario Oficial el 24 de febrero de 2020, que Moderniza la Legislación Tributaria, establece la obligatoriedad de emitir las boletas de ventas y servicios en formato electrónico, a contar de 6 meses desde su publicación en el Diario Oficial, plazo que fue ampliado por la Ley N° 21.256, hasta el 1 de enero del 2021 para los contribuyentes emisores de facturas electrónicas, y hasta el 1 de marzo del 2021, para aquellos que no tengan tal calidad.

Respuesta anterior:

No, debe mantener la numeración correlativa, puesto que la numeración de las boletas de ventas y servicios es única y nacional, independiente de la forma en que las emita, ya sea manual o mecanizada.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Resolución Exenta N° 2107, de 1983, y Resolución Exenta N° 5285, de 1993.

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