PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Facturas | Facturas de Compra | Emisión y corrección

 Pregunta   ID:   001.012.3410.004  Fecha de Creación:   08/09/2005

¿Qué ejemplares deben entregarle al vendedor los agentes retenedores que emiten Facturas de Compras?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   08/03/2023

Mientras estuvo vigente la emisión en papel, debía entregarle el duplicado y la tercera copia cedible, en la medida que se trate de una venta al crédito, de conformidad con la normativa que dispone la medida de Cambio de Sujeto y la obligación de emisión de Factura de Compra, y la Resolución N°14, de 2005.

Ahora bien, para efectos de la Ley N° 19.983 sobre Mérito Ejecutivo de la copia de la factura, y en el caso que el vendedor o prestador de servicios no emita documentación tributaria, o bien opere con documentación no electrónica, el emisor de la Factura de Compra Electrónica (comprador o beneficiario), deberá emitir, además de las representaciones impresas necesarias para el transporte de mercadería y de respaldo de la operación, un ejemplar adicional, el que deberá contar con el recuadro para el otorgamiento del acuse de recibo que indica la ley y la leyenda señalada en el inciso segundo de la letra a), del resolutivo 1°, de la Resolución Exenta N° 14, de 2005, modificada por Resolución Exenta N° 51, de 2005.
Asimismo, deberá indicar en su vértice inferior derecho la leyenda: “CEDIBLE”. En dicho ejemplar, el comprador o beneficiario deberá otorgar el recibo que indica la Ley N° 19.983, el que deberá quedar en poder del receptor del documento (el vendedor o prestador del servicio), para efectos de su cesión a terceros o cobro ejecutivo.

A contar del 03-09-2019, fecha de vigencia de la Resolución N° 99, de 2019, cuando exista transporte de bienes corporales muebles con un documento tributario electrónico, deberá generarse en formato digital el DTE, ser enviado por medios electrónicos, y se deberá portar la representación gráfica o impresa de estos documentos tributarios, durante el traslado.

Puede obtener mayor información relativa al tema en el sitio Web del SII, menú Factura Electrónica.