Se debe emitir por cada traslado y dentro de los cinco días hábiles siguientes al retorno del vehículo.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción Resoluciones, Resoluciones 1992, donde encontrará la Resolución
N° 188 del 23 enero de 1992. |