Debe indicar los datos que procedan, conforme a la rendición de cuentas que debe hacer el conductor del
vehículo por los gastos que debió pagar en la ruta por cuenta del
transportista.Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio
Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Resoluciones, Resoluciones 1992, donde encontrará la Resolución
Exenta N° 188, de 1992. |