El Servicio de Impuestos Internos rechazará, al momento de
su recepción, los Documentos Tributarios Electrónicos que contengan folios de un
CAF con fecha vencida. Por tanto, los folios de los CAF que hayan perdido su
vigencia, y que no hayan sido utilizados, deberán ser anulados de acuerdo a los
procedimientos disponibles en el sitio web del Servicio.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el
sitio Web del SII, menú, Normativa y Legislación, opción Resolución
Exenta N° 58 de 2017.
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