Como resultado
de esta solicitud, se le entregará a través de la plataforma web, un Certificado
de Autorización de Documentos, que detallará los folios autorizados y un código
de validación. Dicho certificado, en caso de ser exigido por el consumidor o
beneficiario de servicio, deberá ser exhibido por el contribuyente.
Cabe hacer presente que con la
Ley Nº21.210 del 24 de febrero de 2020, sobre modernización tributaria,
estableció la obligatoriedad de emitir Boleta de Ventas y Servicios en formato
electrónico. Los
contribuyentes que eran emisores de facturas electrónicas, la obligación de
emitir boletas electrónicas o boletas no afectas o exentas electrónicas es a
contar del 01 enero del año 2021. Para los contribuyentes que no emitían
facturas electrónicas, la obligación comenzó a contar del 01 de marzo de 2021,
sin perjuicio de los casos de excepción que contempla la norma
Mayor información disponible en el sitio Web, sección Normativa y
Legislación, opción Resoluciones, Resolución N°126 del 2019, Resolución
N° 74 de 2020,
complementada con la Resolución
N° 104 de 2020, que modifica su entrada en vigencia.
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