¿Quiénes deben dar aviso de Término de Giro?

ID: 001.013.1263.008
Fecha de creación: 25/03/2004
Fecha de actualización: 23/04/2025

Deben dar aviso de Término de Giro, de acuerdo con la normativa general, todas las personas naturales o jurídicas que pongan fin a su giro comercial o industrial o que cesen en sus actividades, y que por esta razón dejen de estar afectas a impuestos (por ejemplo, contribuyentes de Primera Categoría, que desarrollan actividades de comercio, industria, minería, agrícolas, de transporte de carga, etc.

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Ayuda.

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