Le recordamos que a contar
del 01 de junio de 2020, el trámite de aviso y declaración por Término de Giro
debe ser presentado por el propio contribuyente exclusivamente vía Internet -
salvo las excepciones que contempla la norma -, en la página del SII
www.sii.cl, Servicios online, menú Término de
giro opción Declarar Término de Giro, para su envío el contribuyente debe
autenticarse con Rut y Clave Tributaria.
Para los casos excluidos de presentar este trámite
por Internet, al dar aviso y declaración por Término de Giro en las oficinas del SII
correspondiente al domicilio del contribuyente,
los antecedentes de
identificación son principalmente los que se indican a continuación:
-
Cédula RUT
Electrónica o e-RUT en representación
impresa o visualización a través de dispositivo electrónico móvil. Para personas
naturales basta con presentar su Cédula
Nacional de Identidad.
-
Cédula de Identidad de
quien realiza el trámite: En el caso que no sea el propio contribuyente
quien lo realiza.
-
Poderes o mandatos: Si
es el representante del contribuyente quien realiza el trámite, debe
presentar la escritura o documento que lo designa como tal. Si es otra
persona (mandatario) debe presentar el poder (dado ante
notaría, Oficial
del Registro Civil o ministro de fe del SII)
donde el contribuyente o su representante lo autorizan a realizar el trámite.
Si es un representante el que da el poder, se debe presentar su cédula de
identidad o una fotocopia de la misma autorizada ante notario, oficial del
Registro Civil o ministro de fe del SII.
Puede obtener
mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, Servicios online,
opción Termino de giro, Ayudas, opción
Como se hace para: Efectuar Término de Giro.
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