Le recordamos que a contar del 01 de junio de 2020, el trámite de aviso y declaración por Término de Giro debe ser presentado por el propio contribuyente exclusivamente vía Internet - salvo las excepciones que contempla la norma -, en la página del SII www.sii.cl, Servicios online, menú Término de giro opción Declarar Término de Giro, para su envío el contribuyente debe autenticarse con Rut y Clave Tributaria.
Para los casos excluidos de presentar este trámite por Internet, al dar aviso y declaración por Término de Giro en las oficinas del SII correspondiente al domicilio del contribuyente, los antecedentes de identificación son principalmente los que se indican a continuación:
Cédula RUT Electrónica o e-RUT en representación impresa o visualización a través de dispositivo electrónico móvil. Para personas naturales basta con presentar su Cédula Nacional de Identidad.
Cédula de Identidad de quien realiza el trámite: En el caso que no sea el propio contribuyente quien lo realiza.
Poderes o mandatos: Si es el representante del contribuyente quien realiza el trámite, debe presentar la escritura o documento que lo designa como tal. Si es otra persona (mandatario) debe presentar el poder, donde el contribuyente o su representante lo autorizan a realizar el trámite. Si es un representante el que da el poder, se debe presentar su cédula de identidad o una fotocopia de la misma.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, Servicios online, opción Termino de giro, Ayudas, opción Como se hace para: Efectuar Término de Giro.