PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Término de giro | Facultad de citar, liquidar y girar los impuestos correspondientes al término de giro

 Pregunta   ID:   001.013.6740.003  Fecha de Creación:   29/09/2015

¿Qué efectos produce la notificación de la Citación en estos casos de término de giro?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   18/10/2022

El inciso séptimo del artículo 69 del Código Tributario regula de manera especial el efecto que produce la notificación de la Citación en estos casos, aumentando los plazos de prescripción del artículo 200 del Código Tributario, en un año.

Debe destacarse que este aumento de los plazos de prescripción de la acción del Servicio de Impuestos Internos para revisar, liquidar, y girar impuestos se produce respecto de la persona, empresa, comunidad, patrimonio de afectación o sociedad que no haya dado el correspondiente aviso de término de giro, como también respecto de sus propietarios, comuneros, aportantes, socios o accionistas.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, Menú Normativa y legislación, opción Circular N° 58, de 2015, concordada con la Circular N° 30 de 2016.