Es una vía rápida para el cierre tributario exclusiva para contribuyentes sujetos al Régimen Pro Pyme General o al Pro Pyme Transparente. Las personas naturales no pueden acogerse a este procedimiento.
Requisitos: Además de presentar el balance y los antecedentes normales, los propietarios, socios o accionistas deben acompañar una declaración en la respectiva escritura pública donde se hagan responsables solidariamente de todos los impuestos que la empresa adeude. Esto significa que se puede exigir a cualquiera de los deudores solidarios el total de la deuda.
En la aplicación web el contribuyente debe declarar impuestos a pagar en su formulario de aviso de término de giro.
Plazo de respuesta: El Servicio tiene un plazo de un mes para girar los impuestos según la declaración del contribuyente y certificar el término de giro una vez verificado el pago.
Facultades del SII: El SII mantiene la facultad de determinar diferencias de impuestos o iniciar una fiscalización dentro de los 6 meses siguientes a la solicitud, plazo ampliable por 3 meses más.