Para dejar de emitir boletas de ventas y servicios en aquellas operaciones efectuadas por máquinas expendedoras automáticas, accionadas
mediante monedas o fichas especiales, se debe contar, previamente, con la autorización
de la Dirección Regional con jurisdicción en el domicilio del contribuyente
que explotará la máquina, a través del Formulario
2117 de Solicitudes, cumpliendo con los requisitos, antecedentes y obligaciones que contempla el
procedimiento administrativo.
Se recuerda que una de las
condiciones en esta situación es que el modelo de máquina expendedora se encuentre autorizado por
la Dirección Nacional, conforme al procedimiento administrativo
respectivo.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio
Web del SII, menú
"¿Cómo se hace para...?", opción Peticiones Administrativas,
Solicitar autorización para explotar máquinas expendedoras automáticas.
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