En general, los requisitos, antecedentes y obligaciones que deben cumplirse para
solicitar una condonación de intereses y multas son:
Tener una obligación tributaria pendiente de pago dentro del período que señala la normativa vigente, ya que si los giros se encuentran pagados no es posible obtener el beneficio de la condonación.
Acreditarse que se procedió con antecedentes que hagan excusable la falta de pago oportuno de los impuestos y/o la infracción incurrida.
Haber presentado, voluntariamente, una declaración omitida o complementaria de la que resulte
un mayor pago de impuesto, debidamente girado, aportando antecedentes que hagan excusable la omisión incurrida.
Presentar el Formulario 2667 de Solicitud de Condonación, usando el anverso para detallar los giros por los que pide condonación de intereses y
multas, y el reverso para fundamentar su petición.
Acompañar las órdenes de ingreso (giros) por los que solicita condonación.
Aportar los antecedentes que justifican la fundamentación que detalla en su solicitud.
Cumplir con las obligaciones que se le imponen en la resolución que concede la condonación de intereses y/o multas.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación,
donde encuentra,
Circular N° 50 del 2016, y
Resolución N° 72 del 2016.
Además en la sección Ayuda, menú
"¿Cómo se hace para...?", opción
Solicitar condonaciones.
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