La renovación de un mandato digital se realizará en aquellos casos en que el sistema los registre en estado ‘autorizado’, y cuya fecha de vencimiento sea de seis meses, o menos.
El proceso de renovación es similar al de la revocación, por lo que se podrá realizar por el contribuyente mandante, sus representantes legales vigentes en caso de personas con o sin personalidad jurídica, o el mandatario digital general que creó el mandato. Todos ellos deberán acceder a la plataforma con su RUT y Clave Tributaria o Clave Única.