¿Cómo confeccionar el Formulario 1887 (sueldos) y el Formulario 1812 (pensiones) en las Zonas Extremas del país?

ID: 001.135.0476.010
Fecha de creación: 05/09/2003
Fecha de actualización: 06/02/2025

Señor empleador, habilitado o pagador, recuerde al confeccionar las Declaraciones Juradas 1887 y 1812, la rebaja y su tope, contemplada en el Decreto Ley 889/75 y lo informado en el Certificado N° 6. Las regiones del país que pueden utilizar la rebaja por concepto de Asignación de Zona, corresponden a la I Región, XI Región y la actual Provincia de Chiloé y Palena, la XII y XV Región.

Lo anterior, se puede graficar en el siguiente ejemplo:

 Antecedentes Supuestos:

Sueldo Bruto $ 800.000
Descuentos Previsionales y de Salud 20%
Tasa Impuesto Único a los Trabajadores 5%
Asignación de Zona $ 200.000

  

Sueldo Bruto

Menos: Dctos.Prev. 20%

Base Imponible

Menos: Asignación Zona

Base Imponible Tributaria

Impuesto Único Trabajadores 5%

800.000 160.000 640.000 200.000 440.000 22.000
        Monto declarable en:
Declaraciones Juradas
1) Columna Renta Total Neta Pagada Actualizada.
Certificado:
2) Columna (4) y Columna (8)
 

Formularios: 1887 – 1812

1) Columna Renta Total Neta Pagada Actualizada: Los montos declarables en esta columna son los sueldos brutos, menos los descuentos previsionales y otros que correspondan. En el caso de los contribuyentes de zonas extremas, menos la asignación de zona determinada.

Certificado N° 6.

2) Columna (4) Renta Imponible afecta al Impuesto Único de Segunda Categoría, valores históricos. Columna (8), valores de columna (4), actualizados: Corresponden a los montos de sueldos afectos al Impuesto Único a los Trabajadores, a los cuales se han descontado, los porcentajes previsionales, otros que correspondan, y la asignación de zona determinada, para los sueldos de zonas extremas.