No, el Formulario 1811 no es para declarar las retenciones de honorarios pagadas, no pagadas o giradas por el Servicio de Impuestos Internos.
Esta Declaración Jurada deben efectuarla las oficinas públicas o las personas naturales o jurídicas, según corresponda, que efectuaron las retenciones de impuestos a que se refieren los Artículos 73° y Artículo 74 ° N°6 de la Ley de la Renta, sobre rentas pagadas por concepto de capitales mobiliarios por cuenta propia o ajena y por las compras de minerales efectuadas a contribuyentes mineros que declaren sus impuestos en base a renta presunta.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Declaraciones Juradas, submenú Declaraciones Juradas de Renta Material de Ayuda, opción Más información.