Sí, se deben incluir en la Declaración Jurada 1879 las Boletas de Honorarios Electrónicas recibidas junto con las boletas en papel.
Se hace presente que, a contar del Año Tributario 2020 se crea el "Registro Anual sobre Retenciones efectuadas conforme a los artículos 42 N° 2 y 48 de la Ley sobre Impuesto a la Renta", y exime a contribuyentes que se indican de la obligación de presentar la Declaración Jurada Formulario N° 1879.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Declaraciones Juradas, Declaraciones juradas de renta, Material de Ayuda, opción Más Información.