¿En la Declaración Jurada 1835 debo incluir los arriendos adeudados o solo los pagados?

ID: 001.135.2472.013
Fecha de creación: 03/03/2005
Fecha de actualización: 23/03/2026

En la Declaración Jurada 1835 de bienes raíces arrendados, se debe informar el monto de los arriendos pagados o adeudados obtenidos durante del año comercial anterior.

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección en Servicios online, menú Declaraciones juradas, Declaraciones juradas de Renta, opción Material de ayuda, subopción Más información.

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