Sí, los corredores de propiedades deben incluir en la Declaración Jurada 1835 a los contribuyentes de Primera Categoría que den en arrendamiento bienes raíces, y que su participación haya comprendido la administración del respectivo contrato de arrendamiento.
Adicionalmente puede consultada esta materia en el menú Declaraciones Juradas, Declaraciones Juradas de Renta, Material de ayuda, Opción Más Información.