Si el corredor de propiedades participa sólo al inicio del contrato de arriendo entre una persona y un contribuyente de la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta (arrendatario), y no participa en la administración del respectivo contrato, es el contribuyente de Primera Categoría (arrendatario) quien debe presentar la Declaración Jurada 1835.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección en Servicios online, menú Declaraciones juradas, Declaraciones juradas de Renta, opción Material de ayuda, subopción Más información.