No, ya que en la Declaración Jurada 1835 sólo deben informarse los contratos de arrendamiento de bienes raíces cuyos montos de avalúos fiscales sean iguales o superiores a $30.000.000.
Adicionalmente puede consultar esta materia en el menú Declaraciones Juradas, Declaraciones Juradas de Renta, Material de ayuda, opción Más Información.