En la Declaración Jurada Formulario 1864, para el caso de clientes y proveedores extranjeros de países que no tienen Tax-ID, dicho campo se debe completar con un cero.
A partir del Año Tributario 2019, se elimina la obligación de declarar la Declaración Jurada N°1864" De Convenciones Sobre Mercaderías Situadas en el Extranjero o Situadas en Chile y no Nacionalizadas"
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Declaraciones Juradas, Declaraciones Juradas de Renta, Material de ayuda, opción Más Información.