¿Qué tipo de rentas se declaran en la columna “Renta Total No Gravada” (C8) de la Declaración Jurada N° 1887 de sueldos y retenciones?

ID: 001.135.6647.005
Fecha de creación: 16/01/2015
Fecha de actualización: 25/04/2025

Las rentas que deben declararse en la columna, “Renta Total No Gravada” (C8) son aquellas que durante el año fueron pagadas a los  trabajadores y que, de acuerdo con la Ley sobre Impuesto a la Renta (D.L. N° 824 de 1974) o leyes especiales, corresponden a ingresos no renta, no gravados con el Impuesto Único de Segunda Categoría. Las partidas que se pueden citar, a modo de ejemplo, son:

  • La asignación familiar, aun cuando no sea de cargo del empleador (Artículo 17 inciso 1 N°13 de D.L N° 824).

  • Beneficios previsionales (Artículo 17 inciso 1 N°13 de D.L N° 824).

  • Indemnizaciones por años de servicios (Artículo 17 inciso 1 N°13 de D.L N° 824).

  • Becas de estudios (Artículo 17 inciso 1 N°18 de D.L N° 824).

  • Alimentación, movilización o alojamiento proporcionado al trabajador (Artículo 17 inciso 1 N°14 de D.L N° 824).

  • Asignaciones de zona acogidas al D.L.N° 249 de 1974.

En esta columna no deben registrarse las cotizaciones previsionales y de salud de carácter obligatorio y/o voluntario, así como las rentas acogidas al D.L. N° 889.

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Declaraciones Juradas, Declaraciones Juradas de Renta, Ayudas, opción Más Información.