¿En caso que no existan retiros, remesas o distribuciones durante un ejercicio comercial desde una sociedad acogida al régimen de renta atribuida, se debe presentar la DJ 1940?

ID: 001.135.7099.006
Fecha de creación: 09/03/2018
Fecha de actualización: 11/02/2025

En este caso la sociedad acogida al régimen de renta atribuida No se encuentra obligada a presentar la DJ 1940, salvo que durante dicho ejercicio se hubieran imputado retiros en exceso existentes al 31.12.2016 al registro RAP y/o al registro DDAN y/o al Registro REX.

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