El registro SAC tiene por objeto llevar un control de los saldos acumulados de créditos por IDPC a que tendrán derecho los propietarios, comuneros, socios o accionistas de la empresa, sobre los retiros, remesas o distribuciones de rentas o cantidades afectas al IGC o IA, según corresponda, de acuerdo a lo dispuesto en el párrafo primero del N° 3, del artículo 56 y los párrafos 1° y 2°, del artículo 63, ambos de la LIR.
Los contribuyentes sujetos al régimen de renta atribuida controlarán en este registro, los créditos acumulados hasta el 31 de diciembre de 2016, separados de aquellos créditos generados a contar del 1° de enero de 2017, haciendo la distinción si dichos créditos tienen o no derecho a devolución.