¿La obligación de presentar la declaración 1907 cuando se refiere a la condición de que las operaciones excedan los $ 500.000.000, se refiere a una sola operación o a la suma de varias, que sea celebrada con una o más partes relacionadas?

ID: 001.135.7952.005
Fecha de creación: 18/05/2021
Fecha de actualización: 22/04/2025

Esta obligación se refiere a contribuyentes que hayan realizado operaciones con partes relacionadas, por lo cual, si la suma de sus operaciones exceda dicho monto, con una o más de sus partes relacionadas, estará obligado a presentar la respectiva declaración. 

Para ejemplificar, se adjuntan tres casos, los dos primeros (caso 1 y caso 2) cumplen la condición de entidad y transacción, mientras que el tercero (caso 3) no cumple la condición. 

Caso 1: tres entidades distintas (dos de ellas en el mismo país y con la misma operación).

Partes relacionadas

País

Operación

Miles de pesos

Entidad X

Argentina

Servicios técnicos recibidos

570,9

Entidad W

Argentina

Servicios técnicos recibidos

134,1

Entidad Z

Uruguay

Intereses devengados

 120,6

Total

825,6

 

Caso 2: Una de las entidades con dos operaciones distintas que suman más de 500 millones

Partes relacionadas

País

Operación

Miles de pesos

Entidad X

Argentina

Servicios técnicos recibidos

390,1

Entidad X

Argentina

Venta de bienes producidos

277,9

Entidad W

Argentina

Ingresos por comisiones

88,1

Entidad Z

Uruguay

Otros egresos

 19,6

Total

775,7

 

Caso 3:La suma de todas las operaciones no supera los $500.000.000 .