¿Qué información debe contener la Declaración Jurada 1955?

ID: 001.135.8411.002
Fecha de creación: 20/04/2023
Fecha de actualización: 26/02/2025

Se deben informar los saldos de productos o instrumentos de captación, inversión o servicio de custodia, así como las sumas de abonos que mantengan sus titulares que sean personas naturales o jurídicas, patrimonios de afectación u otras entidades, con domicilio o residencia en Chile o que se hayan constituido o establecido en el país, cuando dichos montos superen o igualen en períodos diarios, semanales o mensuales, la suma de 1.500 Unidades de Fomento (UF).