¿Quiénes están obligados a presentar la nueva Declaración Jurada (DJ) N°1957 -Declaración Jurada Anual sobre dividendos pagados créditos con garantía hipotecaria relacionados con el beneficio tributario de la Ley N°21.631.” en el año tributario 2025.?

ID: 001.135.8802.002
Fecha de creación: 07/02/2025
Fecha de actualización: 25/04/2025

Están obligados a presentar la DJ N°1957, los Bancos e Instituciones Financieras, que otorguen créditos con garantía hipotecaria a personas naturales con residencia o domicilio en Chile, destinados a adquirir una vivienda nueva con destino habitacional que se acoja al beneficio tributario establecido en el artículo único de la Ley N° 21.631.

El crédito informado en esta DJ, es compatible con el beneficio tributario establecido en el artículo 55 bis de la Ley de la Renta.

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