Los principales cambios en la Declaración Jurada 1835 en el año tributario 2026, son los siguientes:
Respecto del formulario:
- En la "Sección A: Identificación del Declarante", se agrega información del domicilio, comuna y teléfono.
Respecto de las instrucciones:
- En cuanto a los obligados "Arrendatarios del Bien Raíz", se especifica que corresponde a "arrendamientos en que no haya intervenido un corredor de propiedades, intermediario y/o mandatario, obligados a presentar esta declaración".
- Respecto de los obligados en general a presentar esta declaración, se agrega que deben informarse todas las propiedades, sean bienes raíces agrícolas o no agrícolas, independiente del uso efectivo del espacio físico o el destino que se le dé al bien raíz arrendado.
- En el acápite "Tipo de declarante", se agrega que en caso de que el contribuyente sea arrendatario y corredor, predominará la opción "C" de corredor de propiedades.
- En la columna "amoblado" de la sección B, se eliminó el código 3 "Oficinas Virtuales".