¿Qué Declaración Jurada deben presentar los contribuyentes del régimen general Semi Integrado para el año tributario 2026?

ID: 001.135.8926.001
Fecha de creación: 23/12/2025
Fecha de actualización: 19/01/2026

Los contribuyentes del régimen general (Semi Integrado) deben presentar la declaración jurada 1948 sobre retiros, remesas y/o dividendos distribuidos, o cantidades distribuidas a cualquier título y créditos correspondientes, efectuados por contribuyentes sujetos al régimen de la letra A) y el número 3 de la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), y sobre saldo de retiros en exceso pendientes de imputación. 

Plazo de presentación:

  • Vence el 16 de marzo de 2026: Para sociedades anónimas abiertas
  • Vence el 24 de marzo de 2026: Para sociedad con socios personas jurídicas
  • Vence el 27 de marzo de 2026: Para sociedad con socios personas naturales
  • Junto al F22 (empresarios individuales)
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