¿Qué se debe hacer para ser citado a una oficina del SII y solucionar el estado de una Declaración de Impuesto a la Renta observada?

ID: 001.140.0577.006
Fecha de creación: 26/09/2003
Fecha de actualización: 14/03/2025

Si una Declaración de Renta fue observada y el contribuyente afectado no ha recibido la correspondiente carta de notificación para concurrir a la oficina del SII y proceder a aclarar su situación tributaria, cuenta con las siguientes alternativas para solucionar el carácter de "observada" de su declaración:

  • Corregir o rectificar la declaración por Internet a través de la Oficina Virtual del SII en Internet, si es procedente, y sin esperar la carta de notificación.
  • Esperar a recibir la carta de notificación y acudir a la  oficina del SII en la fecha y hora indicada en dicho documento.
  • Acudir a la oficina del SII sin carta de notificación, pero sólo en la fecha de atención correspondiente a contribuyentes rezagados.

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servcios online, Declaración de Renta.