La siguiente información es válida para el Año Tributario 2018.
Todas las Personas Naturales, sin perjuicio de las excepciones establecidas en la Ley, están obligadas a declarar las rentas obtenidas por concepto de inversiones.
Dentro del contexto de los impuestos que afectan a las Personas Naturales, se debe hacer la siguiente distinción:
a) Si la persona cuenta con domicilio o residencia en Chile; o bien,
b) Si no cuenta con domicilio o residencia en Chile.
En el primer caso, si la persona tiene domicilio o residencia en Chile, está afecta al Impuesto Global Complementario por todas sus rentas, ya sea del capital, del trabajo, sean de fuente chilena o extranjera. Una persona, bajo esta condición, estará afecta a este impuesto cuando el monto total de las rentas actualizadas al término del ejercicio sean superiores a $ 7.609.464 (13,5 UTA) a diciembre de 2017).
En el segundo caso, si la persona no tiene domicilio o residencia en Chile, está afecta al Impuesto Adicional por las rentas de fuente chilena.
Para la declaración y pago de impuestos, éste podrá ser retenido, cuando corresponda, por parte de la empresa, o bien mediante la presentación de la Declaración de Renta por parte del inversionista.