¿Se pueden emitir boletas de honorarios u otros documentos tributarios en moneda extranjera?

ID: 001.140.0649.005
Fecha de creación: 04/11/2003
Fecha de actualización: 17/01/2025

No se pueden emitir boletas de honorarios en dólares (moneda extranjera) según lo indicado el artículo 4°, del D.L. 1.123, de 1975. Éste señala que todos los documentos, incluidas las boletas de honorarios, deberán emitirse en pesos. No obstante lo anterior, la norma indicada no impide que se señale dentro de la boleta de honorarios los valores equivalentes en moneda extranjera en el espacio destinado al ítem “detalle”.