Al reprogramar un Crédito Hipotecario, acogido al beneficio tributario de la Ley 19.622, ¿se mantiene o se pierde el beneficio por un aumento del plazo original?

ID: 001.140.0694.011
Fecha de creación: 05/11/2003
Fecha de actualización: 14/04/2025

Al reprogramar un Crédito Hipotecario se mantiene y no se pierde el beneficio tributario de la Ley 19.622, sobre rebaja a las rentas afectas al Impuesto Global Complementario o Impuesto Único a los Trabjadores por pago de Dividendos Hipotecarios, con la única condición de que los documentos que dan cuenta del nuevo crédito estén exentos del Impuesto de Timbres y Estampillas, establecido en el Decreto Ley N° 3.475, de 1980. 

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