Sí, una persona natural que desarrolle actividades de Segunda Categoría puede declarar Inicio de Actividades para actividades de Primera Categoría como EIRL, pues según lo dispuesto en la Ley N° 19.857 se autoriza a toda persona natural el establecimiento de una empresa con estas características. Además, se señala que la EIRL es una persona jurídica con patrimonio propio, distinto al del titular, será siempre comercial, podrá realizar toda clase de operaciones, excepto las reservadas por la ley a las Sociedades Anónimas (SA).